Viernes, 19 de Abril del 2024
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Gobierno presentó Proyecto para promover Inversiones en Desalinización de Agua

Publicado el 06/12/17

El Ejecutivo presentó recientemente una iniciativa de ley para promover y cofinanciar la ejecución de Proyectos de Tratamiento para Agua Potable, a través de la Desalinización, bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas (APP) a nivel nacional.

La iniciativa se denomina “Ley que impulsa la ejecución de proyectos de tratamiento de aguas y la política de integración en saneamiento”, la cual dispone incorporaciones a la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) y modificaciones a la Ley marco de la gestión y prestación de servicios de saneamiento.

La finalidad del proyecto es alcanzar el acceso y la cobertura universal a los servicios de saneamiento, además de impulsar la integración de las entidades prestadoras de servicios (EPS) de saneamiento para alcanzar
su fortalecimiento y la sostenibilidad de las inversiones.

Concesión

Una de las incorporaciones a la LOM dispone que los gobiernos locales puedan otorgar en concesión (una de las modalidades de APP) al sector privado la ejecución y explotación de obras de infraestructura o de servicios públicos.

Se especifica que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ejerce las funciones de entidad titular del proyecto, pero las municipalidades mantienen sus competencias y responsabilidades por la prestación de los servicios de agua y alcantarillado.

La iniciativa de ley también propone que la ejecución de los proyectos comprenda las inversiones complementarias que sean necesarias, con la finalidad de garantizar la operatividad y funcionamiento de las infraestructuras que se construyan.

“Ejemplos de inversiones complementarias serían las estaciones de bombeo, colectores de principales o líneas de impulsión que permitan conducir el agua residual desde el sistema de alcantarillado existente hasta el punto de entrega para su tratamiento”, explica la exposición de motivos del proyecto de ley.

Integración de EPS

El proyecto de ley también incorpora un quinto párrafo al artículo 35 de la LOM con el fin de indicar que para efectos de la fusión entre EPS no se requiere un acuerdo de concejo municipal.

Además, se determina que el Directorio de las EPS tienen como obligación ejecutar la fusión entre empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal.

 



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