Sábado, 27 de Abril del 2024
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¿Declarar Impuestos por el Uso de tu Imagen? Esto es lo que debes saber

Publicado el 21/03/24
  • Carlo Ancelotti es el más reciente caso de evasión de impuestos, esta vez por los ingresos generados por el uso de su imagen, ¿cómo ocultan las estrellas sus ganancias y qué sanciones acarrea este acto ilegal?
  • Las redes sociales han hecho de la imagen moneda de cambio de nuestra imagen, y esto conlleva a ser más rigurosos con el uso de la misma y las responsabilidades que adquirimos al monetizar con ella.

Lima, 21 de Marzo del 2024.- La última noticia sobre la evasión fiscal la ha generado Carlo Ancelotti, actual técnico del Real Madrid, quien está siendo acusado por la fiscalía de España por evasión de impuestos al no declarar sus ingresos producto del uso y explotación de su imagen.

La importancia de este caso no es solo por el hueco fiscal que se genera cuando estas personalidades no pagan sus impuestos debidamente, sino por todas las aristas que surgen cuando hablamos del uso de imagen personal, especialmente en tiempos donde las redes sociales nos permiten hablarle al mundo y monetizar por ello.

¿Debemos tributar si ganamos dinero usando nuestra imagen? ¿Quién más está autorizado para utilizar nuestra imagen? Pere Sodevilla, abogado especializado en derecho civil y propiedad intelectual y docente de EAE Business School, perteneciente a Planeta Formación y Universidades, nos cuenta más al respecto.

CÓMO EVADEN IMPUESTOS LAS CELEBRIDADES

Las ganancias que los famosos reciben por el uso de su imagen —aquí entran también influencers, creadores de contenido, tiktokers y demás— normalmente son altas, pues las marcas pagan para utilizarla en campañas, promociones, patrocinios, licencias, etc.

Lo que hacen estas celebridades, según lo explica el docente de EAE Business School, es «intentar tributar y pagar, dentro de la legalidad o aprovechando resquicios legales o interpretaciones de la normativa fiscal que les sean más favorables, lo menos posible y hacerlo en países o territorios fiscales donde exista menos presión fiscal y tengan que pagar al fisco menos dinero por los ingresos percibidos».

Estas prácticas que ejercen varias celebridades es un tema importante para discutir, pues las cantidades de dinero que manejan representan un gran hueco fiscal que afecta a los países. Es por ello que los individuos que no hacen sus declaraciones correctamente, pueden enfrentar multas bastante elevadas o procesos penales con condenas privativas de la libertad.

SI MONETIZO CON MI IMAGEN, ADQUIERO OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Aunque siempre seremos titulares de nuestra propia imagen, si esta empieza a generar ingresos, la obligación tributaria aparece.

«Podemos ceder nuestro derecho de imagen por un tiempo determinado para que un tercero sea entonces el titular de los derechos de explotación de nuestra imagen a cambio de una contraprestación económica o precio», señala Pere Sodevilla, experto de EAE Business School. «Estos ingresos deberán declararse y tributar por las sumas percibidas a la hacienda pública según los tipos impositivos que en cada momento se encuentren vigentes», añade el docente de EAE Business School.

NO CUALQUIERA PUEDE USAR NUESTRA IMAGEN PARA SU BENEFICIO

Ahora es muy fácil transgredir los derechos de uso de imagen, así como evadir impuestos por el uso de las mismas, si es que generas ingresos con ellas, una actividad cada vez más común gracias a las redes sociales.

Como primera medida, es importante saber que somos dueños absolutos de nuestra imagen, y debemos dar autorización para que sea captada, reproducida y publicada. Si alguien la usa sin nuestro consentimiento, se considera una intromisión ilegítima, aunque existen varias excepciones, según lo indica el experto:

Cuando esté expresamente autorizada por ley o cuando nosotros mismos, como titulares del derecho a nuestra imagen, hubiésemos dado nuestro consentimiento expreso.

Cuando predomine un interés histórico, científico o cultural, siempre que sea relevante, es decir, cuando haya un interés público.

Cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.

Es difícil para la ley estar al tanto de tantas infracciones por la facilidad que tenemos de captar, reproducir y difundir imágenes sin consentimiento, mucho más que antes. No obstante, el respaldo legal existe y se debe acudir a este cuando sea necesario.

 



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