Domingo, 28 de Abril del 2024
turismo



Pronunciamiento del SERNANP sobre venta de terrenos al interior del parque Nacional Cerros de Amotape

Publicado el 22/09/14

Ante las versiones periodísticas que señalan que se ha realizado una presunta venta de terrenos al interior del Parque Nacional Cerros de Amotape (Tumbes), el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado hace de conocimiento público, lo siguiente:

1.       El Parque Nacional Cerros de Amotape fue establecido mediante Decreto Supremo Nº 0800-1975-AG, y ampliado posteriormente con Decreto Supremo Nº 046-2006-AG, que tiene como objetivo la conservación de los bosques secos del noroeste del Perú debido a su amenaza por efecto de la tala para madera, leña y carbonización.

2.       Dicha área natural protegida fue inscrita en los Registros Públicos con la Partida Nº 04007587, el 25 de mayo del 2009, como propiedad del Estado para salvaguardar su integridad como patrimonio natural del país.

3.       Al existir indicios de una presunta transferencia o venta de terrenos ubicados al interior de este Parque, el SERNANP solicitó al Superintendente Nacional de Registros Públicos realizar una búsqueda de partidas registrales del área natural protegida. De esta verificación, se nos comunicó la duplicidad de partidas registrales, las mismas que no existieron durante la inscripción inicial del Parque.

4.       Conocido este hecho, el SERNANP tomó medidas de inmediato; remitió al Procurador Público del Ministerio del Ambiente el Oficio Nº 498-2014-SERNANP-OAJ con el fin de que inicie las acciones legales pertinentes para salvaguardar este patrimonio natural.

5.       De la misma forma, se comunicó al Superintendente Nacional de los Registros Públicos que la Oficina Registral de Tumbes, donde se habría realizado esta nueva inscripción, debió hacer constar que dicho predio se encontraba dentro de un área natural protegida y como tal estaba sujeto a limitaciones y cargas ambientales que impedían que sea adjudicada, dado que la primera opción de compra corresponde al Estado, disposición prevista en el artículo 47º del Reglamento de la Ley N º 26834- Ley de Áreas Naturales Protegidas.

6.       La Oficina Registral de Tumbes al omitir la notificación al SERNANP (Jefatura del Parque Nacional Cerros de Amotape), de la compra-venta de la Hacienda Cazaderos no ha cumplido con el procedimiento previsto, exponiendo y vulnerando la seguridad jurídica del área natural protegida, hecho que ha permitido que se oferte por internet terrenos que se encuentran al interior del Parque.

7.       Asimismo, el SERNANP como ente rector de las áreas naturales protegidas ha iniciado la investigación correspondiente, dado que el Parque Nacional Cerros de Amotape al estar inscrito en los Registros Públicos no debió proceder a una nueva transferencia de la propiedad inmueble.

8.       El SERNANP lamenta este tipo de arbitrariedad y reitera su firme compromiso en la defensa de las áreas naturales protegidas y continuará atento a cualquier tipo de amenaza que ponga en riesgo el patrimonio natural del país conforme a su misión institucional.



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