Viernes, 29 de Marzo del 2024
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Si se sobrepasa capacidad de crematorios, se procederá a la inhumación de cadáveres

Publicado el 13/04/20

El Ministerio de Salud (Minsa) modificó la directiva sanitaria para el manejo de cadáveres por COVID-19. La norma que ha sido publicada este lunes en Normas Legales de El Peruano establece que en caso se sobrepase la capacidad de crematorios, se procederá a la inhumación de los cuerpos de casos confirmados y sospechosos de COVID-19.

La norma también señala que para la inhumación o cremación se deberá contar con el Certificado de Defunción y copia del DNI o Carné de Extranjería.

Se procederá con la inhumación del cadáver, en caso “que se sobrepase la capacidad operativa de los crematorios”.

También la norma señala que el Equipo Humanitario de Recojo de Cadáveres (EHRC) está a cargo de la Dirección de Redes Integradas de Salud (Diris) o Direcciones Regionales de Salud o Gerencias Regionales de Salud (Diresa/Geresa).

El EHRC está conformado por un médico cirujano, un trabajador de salud ambiental, un chofer y personal de apoyo. Asimismo, cuenta con una movilidad, equipos de protección personal (EPP), además del material necesario para la preparación del cadáver (bolsa hermética, solución desinfectante, pulverizador, entre otros).

La norma también indica que, si se sobrepasa la capacidad del EHRC, la autoridad sanitaria solicitará el apoyo de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas para que se integren al EHRC y procedan al manejo del cadáver para su cremación o inhumación según corresponda.



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