
Lima, 01 de Abril del 2025.- La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y MercancÃas (SUTRAN), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), recuerda a conductores y transportistas la obligación de cumplir con los lÃmites máximos de pesos y medidas vehiculares establecidas en el Reglamento Nacional de VehÃculos (RNV). Estas disposiciones, detalladas en los numerales 1, 2 y 6 del Anexo IV: Pesos y Medidas, buscan preservar la seguridad vial y proteger la infraestructura de la Red Vial Nacional.
Detalles de los lÃmites establecidos
1. Pesos máximos permitidos:
· El artÃculo 37 del RNV establece un peso bruto vehicular máximo de 48 toneladas .
· Los vehÃculos cuyos lÃmites de peso (bruto o por eje) sean menores a los señalados por el fabricante no deben exceder dichas especificaciones .
2. Dimensiones máximas:
· Ancho: 2,60 metros (sin incluir espejos retrovisores).
· Altura:
a. 4.10 metros para vehÃculos de categorÃa N (transporte de mercancÃas) y O (remolques).
b. 3,60 metros para vehÃculos de categorÃa M (transporte de pasajeros) con carrocerÃa convencional.
do. 4,30 metros para vehÃculos de carrocerÃa integral o diseñados para transporte de contenedores.
· Largo: VarÃa según la configuración vehicular (ver numeral 1 del Anexo IV).
3. Combinaciones vehiculares especiales (CVE):
a. De las 50 configuraciones vehiculares reconocidas, 11 corresponden a CVE , las cuales requieren autorización previa de PROVIAS Nacional (según la Directiva N° 006-2007-MTC/15 ).
Es importante destacar que quienes transportan mercancÃas o utilizan vehÃculos que superen los lÃmites establecidos deberán gestionar un permiso especial ante PROVIAS Nacional.
La SUTRAN realiza operativos de control en las 22 Unidades Desconcentradas (UD) a nivel nacional para verificar el cumplimiento de estas normas. Estas acciones tienen como objetivo proteger la vida de los usuarios de las carreteras, preservar la infraestructura vial de daños por sobrecarga y promover el uso responsable de las vÃas públicas.