Auto colectivo: prepublican reglamento de transporte de pasajeros
- CiudadanÃa, especialistas, transportistas e instituciones pueden remitir comentarios y sugerencias durante 15 dÃas
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó el proyecto del Reglamento de la Ley N° 31096 que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en vehÃculo colectivo, la cual fue aprobada por el Congreso de la República y es aplicable en todo el territorio nacional, con exclusión de Lima y Callao.
De acuerdo a la Resolución Ministerial N° 029-2021-MTC/01.02, el objetivo de la prepublicación de este reglamento, que busca garantizar la seguridad, integridad y la vida de las personas y reducir el alto número de accidentes en las carreteras, es que los ciudadanos, especialistas, gremios de transportistas, instituciones públicas y privadas puedan remitir sus comentarios y sugerencias durante 15 dÃas hábiles para enriquecer la norma.
Los comentarios y aportes sobre este reglamento podrán remitirse a la Dirección General de PolÃticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC (Jr. Zorritos N° 1203 – Cercado de Lima) o a la dirección electrónica normasdpntra@mtc.gob.pe
Cabe destacar que el reglamento dispone que las autorizaciones para brindar el servicio temporal de colectivos de ámbito nacional e interprovincial se otorgarán solamente cuando haya una insuficiente oferta del servicio de transporte en ómnibus.
El MTC aprobará los lineamientos para determinar la insuficiencia de oferta del servicio de en vehÃculos de la categorÃa M3 (ómnibus), los cuales servirán como referencia para que esta entidad y los gobiernos regionales determinen las rutas en las que se autorizará el servicio de colectivo.
Exigencias técnicas
El proyecto del reglamento, que contiene las condiciones técnicas, operativas y legales que se deben cumplir, señala que solo pueden ser autorizados para dar el servicio de colectivo los vehÃculos con carrocerÃa sedán y station wagon (categorÃa M1), asà como microbuses con capacidad entre 10 y 16 pasajeros y buses desde 17 hasta 30 asientos (categorÃa M2).
Asimismo, en los servicios de ámbito nacional e interprovincial, será obligatorio que los vehÃculos de la categorÃa M1 tengan un peso neto de 1100 kg y una cilindrada mÃnima de 1600 cc. En tanto que los vehÃculos de la categorÃa M2, deben cumplir un peso neto de 2000 kg y una cilindrada de 2400 cc.
En el servicio interdistrital, los vehÃculos de la categorÃa M1 están obligados a contar con un peso neto de 1000 kg y una cilindrada mÃnima de 1500 cc; y los de la categorÃa M2, a un peso neto de 2000 kg y una cilindrada de 2400 cc.
Sistema de control y monitoreo
Además, todos los vehÃculos habilitados deben contar con frenos ABS (sistema antibloqueo) en todas sus ruedas.
Asimismo, requieren tener un sistema de control y monitoreo inalámbrico (GPS) que transmita en forma permanente a la autoridad a cargo de la fiscalización la información del vehÃculo en la ruta.
En el ámbito nacional e interprovincial, las rutas para el servicio de colectivos serán establecidas por el MTC y los gobiernos regionales, según sus competencias; mientras que en el ámbito interdistrital las encargadas serán las municipalidades provinciales, que brindarán las autorizaciones de acuerdo con su plan regulador de rutas.
Ahora bien, en el ámbito nacional, interprovincial e interdistrital las rutas no exceden los doscientos, cien y cincuenta kilómetros, respectivamente.
Es importante resaltar que solo pueden obtener autorización para brindar este servicio las personas jurÃdicas inscritas en los Registros Públicos.
El reglamento también establece que los choferes autorizados para brindar servicios en rutas nacionales o interprovinciales no pueden realizar jornadas de conducción continuas de más de 5 horas durante el dÃa o más de 4 horas en la noche.
Por lo tanto, se debe contar con dos 2 conductores cuando el tiempo de viaje supere los horarios indicados.
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