El Poder Ejecutivo oficializó la ley de reforma constitucional que impide postular a un cargo público a los sentenciados en primera instancia por delito doloso.
La norma, publicada en el BoletÃn de Normas Legales del diario El Peruano, fue promulgada ayer por el presidente MartÃn Vizcarra, en Palacio de Gobierno.
El dispositivo legal tiene como artÃculo único la incorporación de los artÃculos 34-A y el 39-A en la Constitución, bajo el texto siguiente:
ArtÃculo 34-A establece que están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
ArtÃculo 39-A. Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
La ley fue refrendada por el presidente MartÃn Vizcarra y el jefe del Gabinete Ministerial, Walter Martos.
El pasado viernes, el Congreso aprobó, en segunda votación, este proyecto de ley cuyo objetivo es garantizar candidatos idóneos en las próximas elecciones.