Publican en Normas Legales ley de retiro del 25 % de los fondos AFP
Hoy se publicó la ley que autoriza el retiro de hasta el 25 % de los fondos de las administradoras de fondos de pensiones (AFP), en el BoletÃn de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se trata de la Ley N° 31017, denominada Ley que establece medidas para aliviar la economÃa familiar y dinamizar la economÃa nacional en el año 2020.
La norma, en su contenido, precisa que tiene por objetivo contrarrestar los efectos económicos negativos generados por la emergencia por el covid-19.
Bajo esa premisa, autoriza que los afiliados a las AFP puedan retirar, de forma voluntaria y extraordinaria, hasta el 25 % del total de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales.
Establece como monto máximo de retiro el equivalente a tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir 12,900 soles, y como monto mÃnimo una UIT, o sea 4,300 soles.
La entrega de los fondos será asÃ: 50 % en un plazo máximo de diez dÃas calendario después de presentada la solicitud ante la AFP y 50 % a los 30 dÃas calendario computados a partir del primer desembolso.
En el caso de que el afiliado tenga un fondo acumulado total igual o menor a una UIT, el retiro será del 100 % y en un solo desembolso, en un plazo máximo de diez dÃas calendario después de presentada la solicitud.
La solicitud para el retiro del dinero se presentará de manera remota, virtual o presencial.
Los afiliados que deseen acogerse a lo que dispone la ley deben solicitarlo en el plazo máximo de 60 dÃas calendario de publicado el procedimiento operativo por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Dicha entidad determinará el procedimiento operativo en un plazo que no excederá de 15 dÃas calendario de publicada la ley, bajo responsabilidad de su titular.
suma recibida en mérito de él y manteniendo los lÃmites previstos.
La ley no deroga, suspende o sustituye otras normas vigentes que establecen medidas relacionas al retiro total o parcial de los fondos a cargo de las administradoras privadas de fondos de pensiones.
Además, declara de necesidad pública e interés nacional la reforma de los sistemas público y privado de pensiones.
La ley lleva la rúbrica del presidente del Congreso, Manuel Merino, y del vicepresidente del Parlamento, Luis Valdez.
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