De acuerdo a la Resolución de Superintendencia, las personas naturales ya no utilizarán el Programa de Declaración Telemática (PDT) sino que podrán cumplir con esta obligación tributaria a través de Internet.
La declaración de renta la efectuarán los trabajadores independientes o personas naturales cuyos ingresos superaron los 25,000 nuevos soles durante el 2013.
La Sunat publicó las disposiciones y formularios para la presentación de la Declaración Anual IR y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondientes al ejercicio 2013, que deberán efectuarse entre los meses de marzo y abril del presente año.
El cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual es de acuerdo al último dÃgito de Registro Único del Contribuyente (RUC) de los contribuyentes, que se iniciará el lunes 24 de marzo y concluirá el viernes 4 de abril del 2014.
También realizarán la Declaración Anual de IR las personas naturales si la suma de su Renta Neta de Trabajo -Cuarta CategorÃa: trabajo independiente y Quinta CategorÃa: trabajo dependiente- más la Renta Neta de Fuente Extranjera hayan superado los 25,000 soles.
Además se incluye a aquellos que obtuvieron Rentas de Primera CategorÃa (alquiler de uno o más bienes muebles o inmuebles) o Segunda CategorÃa (proveniente de ganancias de sus inversiones de capital) siempre que tengan saldo a favor del Fisco o el monto de su ingreso anual por dichas rentas superiores a 25,000 soles en el 2013.
También indica que deberán presentar la Declaración Anual las empresas y entidades generadoras de Rentas de Tercera CategorÃa y que están en el Régimen General del Impuesto a la Renta, con excepción de los comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) y el Nuevo RUS.
La resolución establece que el Formulario Virtual N° 683 (Renta Anual 2013 – para personas naturales) estará disponible desde el 17 de febrero del 2014 y mientras que el PDT N° 684 (Renta Anual e ITF 2013) se puede utilizar desde el pasado 3 de enero.
En ambos casos se deberá ingresar al portal www.sunat.gob.pe para presentar la declaración y efectuar el pago correspondiente.
El Formulario Virtual N° 683 dirigido a personas naturales, contiene información referencial de las rentas que ha obtenido el contribuyente, los pagos directos que ha efectuado, asà como las retenciones ejecutadas por terceros durante el 2013, lo que facilitará la elaboración de la declaración.
Las mencionada información deberá ser verificada por la persona a efectos de completar o modificar los mismos antes de presentar su Declaración.
Es importante recordar que en los casos en que el importe a pagar del impuesto sea cero, los contribuyentes de Tercera CategorÃa (empresas) sólo podrán realizar la presentación de su declaración a través del portal de la Administración Aduanera y Tributaria.