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Tratado marítimo Perú-Ecuador de 2011 no se basó en Declaración de Santiago
11/12/2012 Sin Categoria

La Haya, dic. 11 . El acuerdo de fronteras marítimas suscrito en 2011 entre Perú y Ecuador no se basó “para nada” en la Declaración de Santiago (1952), como alega Chile para argumentar que ese instrumento fijó sus límites marítimos con Perú, aseguró hoy el abogado del equipo peruano ante La Haya, Rodman Bundy.

En respuesta a la posición esgrimida por el abogado de Chile, Pierre Marie Dupuy, aclaró que el acuerdo entre Lima y Quito en ningún momento señala que se firma en aplicación de los convenios pesqueros de 1952 y 1954, ni que este instrumento confirma “delimitaciones anteriores”.

“El abogado de Chile hizo gala de una muy extraña capacidad a la hora de especular sobre lo que tenían en mente Perú y Ecuador durante sus negociaciones, que llevaron a la conclusión de un acuerdo de fronteras marítimas”, manifestó Bundy.

Sostuvo también que, cuando Chile menciona una declaración del congreso ecuatoriano en la que supuestamente se ratificaban los acuerdos del 52 y el 54 “está citando una declaración equivocada”, pues nada de lo firmado en el año 2011 sustenta tal afirmación.

“Esto no se menciona en el acuerdo de mayo de 2011, ni dice que la línea de demarcación creada por los instrumentos anteriores es ratificada de una forma u otra”, anotó el abogado del Perú, en la segunda ronda de alegatos del equipo peruano ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

Indicó que Dupuy dedicó todo su alegato a las actitudes de Perú y Ecuador antes de su acuerdo de fronteras de 2011 y cómo Chile reaccionó ante dicho acuerdo, solicitando conversaciones con Ecuador; pero no dijo nada de los términos propios de este acuerdo entre Lima y Quito.

Bundy alegó que, cuando los dos países (Perú y Ecuador) concluyeron su acuerdo limítrofe, todo lo que se pudiera decir antes acerca de la situación fronteriza “no es pertinente”, pues lo importante desde el punto de vista jurídico es lo que dice el acuerdo mismo en su contenido.

El acuerdo Perú-Ecuador, añadió el jurista, es “autónomo y autoexplicativo”, y se trata de un acuerdo claro de delimitación, que no hace referencia a los instrumentos de los años 52 y 54, punto que –según recordó- tampoco fue cuestionado por la propia defensa de Chile.

“Aquí se dice de forma clarísima que el acuerdo establece una frontera marítima entre los dos países (Perú y Ecuador). Se trata de una delimitación que nunca había existido antes, lo que es evidente por los propios términos del acuerdo”, dijo Bundy ante los jueces del tribunal.

Cuestionó también el argumento de Chile de que Ecuador estaría “particularmente interesado” en la interpretación que dará la corte a la naturaleza y alcance jurídico de la Declaración de Santiago, y que el país del norte “quería curarse en salud” al trazar sus límites marítimos con Perú.

Consideró que es “poco compatible” tal afirmación con el argumento que Dupuy esgrimió después, cuando señaló que Ecuador no interviene en este caso “porque no tiene nada que temer” de la sentencia del tribunal.

También recordó que Chile añadió una serie de mapas a su acuerdo limítrofe con Argentina y lo hizo registrar en las Naciones Unidas; hecho que no hizo con el Perú, lo cual es poco coherente con sus argumentos de que la Declaración de Santiago fijó el límite marítimo.

“El acuerdo Perú-Ecuador también fue registrado en Naciones Unidas y hace referencia al acuerdo por canje de notas de contenido idéntico por el que se establecen las fronteras marítimas entre los dos países” manifestó.

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