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	<title>tercerización laboral en Serperuano.com</title>
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		<title>Más de 15 mil Comuneros serán afectados con nueva Norma de Tercerización Laboral</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Benjamin VR]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 05 Oct 2022 22:05:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[Norma de Tercerización Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[tercerización laboral]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Confederación de Empresas Comunales advierte que decreto supremo afecta crecimiento del sector</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p dir="ltr"><strong>Confederación de Empresas Comunales advierte que decreto supremo afecta crecimiento del sector y no descarta escala de nuevos conflictos sociales en el país</strong></p>
<p dir="ltr"><strong>Lima, 5 de Octubre del 2022.-</strong> La nueva norma de tercerización laboral afectará a más de 15 mil pobladores que trabajan de manera directa e indirecta en empresas creadas en comunidades de nuestro país; así lo advirtió Jhoel Rivera, presidente de la <strong>Confederación de Empresas Comunales del Perú</strong>.</p>
<p dir="ltr">“La Ley de Tercerización no ayuda en nada. Se quiere quitar los servicios que brindamos. En lugar de solucionar el problema de la falta de empleo en el país, generará mayor desempleo y escalará los conflictos sociales”, declaró el representante de la Confederación de Empresas Comunales.</p>
<p dir="ltr">Y es que el principal cambio que establece el decreto supremo de la tercerización laboral es que una empresa no pueda contratar a un tercero para que realice actividades propias del núcleo de su negocio, lo cual trae como consecuencia que las empresas dejen de contratar a la empresa de tercerización de servicios, según explican abogados laboralistas.</p>
<p dir="ltr">En nuestro país, existen alrededor de 200 empresas comunales que brindan servicios de mantenimiento, pilas de lixiviación, botaderos, entre otros, en el sector minero. La conformación de estas ha logrado la migración inversa al generar fuentes de empleo; además buscan tener valor compartido en las zonas de influencia minera.</p>
<p dir="ltr">“En nuestro país no hay ley de comunidades ni ley de empresas comunales; además estamos exoneradas de recibir los impuestos a la renta que generan las actividades económicas. La mayoría de comunidades brindó respaldo con su voto al actual Presidente, esperemos no nos dé la espalda”, sostuvo Jhoel Rivera.</p>
<p dir="ltr">Indicó que las empresas comunales se han creado en zonas donde hay influencia minera. Las inversiones han permitido su crecimiento, y hoy buscan mayor acompañamiento y soporte de las empresas mineras.</p>
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		<title>¿Cuáles son las nuevas infracciones en materia de tercerización laboral?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Martin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 Aug 2022 00:07:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[cuáles]]></category>
		<category><![CDATA[en materia]]></category>
		<category><![CDATA[nuevas infracciones]]></category>
		<category><![CDATA[son]]></category>
		<category><![CDATA[tercerización laboral]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Entre estas destacan que, ahora, si las empresas usan la tercerización de servicios para desarrollar actividades que formen parte del “núcleo del negocio” se tipifica como una falta muy grave.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li style="text-align: justify;"><em>Entre estas destacan que, ahora, si las empresas usan la tercerización de servicios para desarrollar actividades que formen parte del “núcleo del negocio” se tipifica como una falta muy grave.</em></li>
</ul>
<p style="text-align: justify;"><strong>Lima, 21 de Agosto del 2022.-</strong> El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso, a través del Decreto Supremo (D.S.) N° 015-2022-TR, la incorporación de nuevas infracciones administrativas en materia de tercerización de servicios al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Estas consideran las modiﬁcaciones por el D.S. Nº 001-2022-TR (aprobado el 24 de febrero pasado), que restringe la tercerización laboral, precisa Miranda &amp; Amado.</p>
<p style="text-align: justify;">Seis son las nuevas infracciones consignadas en el reglamento mencionado y que entraron en vigencia desde el último 18 de agosto. El estudio de abogados detalla que, ahora, las empresas serán sancionadas por:</p>
<ol style="text-align: justify;">
<li>Usar la tercerización de servicios para desarrollar actividades que forman parte del “núcleo del negocio”; que son distintas a las actividades principales.</li>
<li>Usar la tercerización de servicios para el desarrollo de actividades distintas a las actividades principales.</li>
<li>Usar la tercerización de servicios como simple provisión de personal, incumpliendo los requisitos legales.</li>
<li>Extinguir contratos de trabajo de los trabajadores desplazados para desarrollar actividades nucleares del negocio, por causas vinculadas con la adecuación a las modiﬁcaciones establecidas en el DS N° 001-2022-TR, desde la entrada en vigencia de dicho dispositivo hasta el 21 de agosto de 2022.</li>
<li>No cumplir con el contenido que debe ser incluido en los contratos de trabajo del personal de la empresa tercerizadora.</li>
<li>Incumplir las obligaciones de información que corresponde realizar a la empresa tercerizadora a quienes ejecutan la obra o servicio o sus representantes, así como las que corresponden a la empresa principal hacia sus trabajadores y organizaciones sindicales.</li>
</ol>
<p style="text-align: justify;">Las primeras cuatro infracciones se tipifican como muy graves y las dos restantes como graves. Para las empresas que no son MYPE, la multa por la infracción ‘muy grave’ oscila entre 2.63 y 52.53 UIT, dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados.</p>
<p style="text-align: justify;">Para Carlos Cadillo, socio en Miranda &amp; Amado, las infracciones señaladas ratifican la decisión del Gobierno de no modificar o derogar el DS N° 001-2022-TR, así como de seguir regulando los temas laborales con independencia del diálogo social. Además, se mantiene la incertidumbre sobre otras normas laborales que se podrían emitir repentinamente, sin considerar a los actores sociales involucrados.</p>
<p style="text-align: justify;">También se confirma que, en el corto plazo se iniciarán varias inspecciones laborales para verificar el cumplimiento de los cambios en las tercerizaciones laborales, indica.</p>
<p style="text-align: justify;"><em>“En líneas generales, las infracciones señaladas buscan desincentivar y sancionar las conductas que se alejan de las restricciones a las tercerizaciones; sin embargo, no especifican si son imputables a la empresa principal o a la empresa tercerizadora, afectándose el principio de tipicidad”, puntualiza. </em></p>
<p style="text-align: justify;">
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