Jueves, 25 de Abril del 2024
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Bajas Temperaturas: Gobierno declara en Estado de Emergencia en 191 Distritos

Publicado el 28/06/22

La medida, dictada ante peligro inminente, regirá durante 60 días calendario

Lima, 28 de Junio del 2022.- Por peligro inminente ante bajas temperaturas, el Gobierno declaró, por 60 días calendario, el estado de emergencia en 191 Distritos de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín, Moquegua, Puno y Tacna, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite.

El Decreto Supremo 075-2022-PCM, publicado en la edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que las medidas y acciones estarán a cargo de los gobiernos regionales de Apurímac, Arequipa, Cusco, Ayacucho, Huancavelica, Junín, Moquegua, Puno y Tacna, así como los municipios comprendidos.

La coordinación técnica y seguimiento recaerá en el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y contarán con la participación de los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Desarrollo e Inclusión Social, Transportes y Comunicaciones, Interior y Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas.

Los distritos declarados en emergencia en Apurímac son: Pampachiri, Tumay Huaraca, Antabamba, Huaquirca, Juan Espinoza Medrano, Oropesa, Sabaino, Chalhuanca, Cotaruse, Sañayca, Tambobamba, Cotabambas, Coyllurqui, Haquira, Mara, Challhuahuacho, Chuquibambilla, Curpahuasi, Pataypampa, Progreso.

Arequipa, Ayacucho, Cusco

En Arequipa son: San Juan de Tarucani, Yura, Andagua, Chachas, Chilcaymarca, Choco, Orcopampa, Pampacolca, Chivay, Achoma, Cabanaconde, Callalli, Caylloma, Coporaque, Huambo, Huanca, Ichupampa, Lari, Maca, Madrigal, San Santiago de Chuca, Sibayo, Tapay, Tisco, Tuti, Yanque, Andaray, Cayarani, Salamanca, Yanaquihua, Cotahuasi, Alca, Charcana, Huaynacotas, Pampamarca, Puyca, Quechualla, Sayla, Tauría y Toro.

Mientras que en Ayacucho fueron declarados en emergencia los distritos de Chuschi, Paras, Sancos, Puquio, Chaviña, Chipao, Huac-Huas, Lucanas, Otoca, San Cristóbal, San Pedro de Palco, Coracora, Coronel Castañeda, Pacapausa, San Francisco de Ravacayco, Upahuacho, Colta, Corculla, Oyolo, San Javier de Alpabamba, Morcolla y Vilcanchos.

En Cusco figuran Anta, Yanaoca, Checca, Kunturkanki, Langui, Layo, Quehue, Túpac Amaru, Sicuani, Checacupe, Combapata, Marangani, Pitumarca, San Pablo, Tinta, Santo Tomás, Chamaca, Colquemarca, Livitaca, Llusco, Quiñota, Velille, Espinar, Condoroma, Coporaque, Ocoruro, Pallpata, Pichigua, Suyckutambo, Alto Pichigua, Paruro, Omacha, Yaurisque, Andahuaylillas, Ccatca, Cusipata, Huaro, Lucre, Marcapata.

Huancavelica, Junín, Moquegua

También han sido declarados en emergenecia Huancavelica, Acobambilla, Acoria, Conayca, Cuenca, Nuevo Occoro, Palca, Vilca, Yauli, Ascensión, Huando, Andabamba, Paucará, Rosario, Lircay, Ccochaccasa, Huanca-Huanca, Castrovirreyna, Aurahua, Santa Ana, Locroja, Pilpichaca, Querco, San Francisco de Sangayaico, Ahuaycha y Tintay Puncu, en Huancavelica.

En Junín, los distritos de Pucará, Quilcas, Paccha, Pomacancha, Carhuamayo, Palcamayo, San Pedro de Cajas, La Oroya, Huay-Huay, Marcapomacocha, Paccha, Suitucancha, Yauli, Ahuac, Yanacancha; en Moquegua, los distritos de Carumas, San Cristóbal, Torata, Chojata, Coslaque, Ichuña, Lloque, Matalaque, Puquina, Ubinas, Yunga.

Puno y Tacna

En Puno, los distritos de Ácora, Mañazo, Pichacani, San Antonio, Tiquillaca, Capazo, Santa Rosa, Santa Lucía, Cabanillas; en Tacna, los distritos de Palca, Candarave, Cairani, Camilaca, Tarata, Estique, Susapaya, Tarucachi y Ticaco.

Las medidas y acciones de excepción deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, precisa la norma.

La implementación de las acciones previstas en el decreto supremo se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

 



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