Jueves, 25 de Abril del 2024
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Conoce más sobre la desconexión laboral

Publicado el 27/11/20
  • Según el D.U. 127-2020, los trabajadores no están obligados a responder correos electrónicos ni mensajes de WhatsApp fuera del horario laboral establecido.
  • De no cumplirse esta y otras disposiciones, los empleadores serán sancionados con multas entre los S/11 mil y S/225 mil. 

A fin de que conozcan más sobre sus derechos laborales en el actual estado de emergencia, la Municipalidad de Lima, a través de su programa Bolsa Laboral, informa a los ciudadanos que este mes fue promulgado el Decreto de Urgencia 127-2020. Según esta norma, las personas que realizan teletrabajo tienen derecho a desconectarse digitalmente fuera de su jornada laboral; además, aquellos trabajadores que no tengan un horario laboral definido,  podrán desconectarse digitalmente 12 horas continuas en un día.

 

El decreto publicado por el Ejecutivo busca establecer una normativa específica en torno a esta nueva modalidad de trabajo, implementada durante el periodo de cuarentena por el coronavirus. Cabe señalar que, de no cumplir con lo establecido, los empleadores serán sancionados con multas que van desde S/11 mil hasta S/225 mil, según el número de trabajadores afectados.

 

Asimismo, según esta disposición, el empleador no puede exigir al trabajador realizar tareas o coordinaciones durante el tiempo de desconexión digital; además, de ninguna manera puede ser sancionado por no contestar en sus días de descanso o si está de licencia. Es decir, no está obligado a responder correos electrónicos ni mensajes de WhatsApp fuera del horario laboral establecido.

 

La Municipalidad de Lima continuará informando a la ciudadanía sobre las disposiciones que han sido implementadas durante la emergencia sanitaria, a fin de que no se produzcan casos de abuso laboral. 



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