Jueves, 18 de Abril del 2024
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Agua: Gobierno aprobó Reglamento de Prestación de Servicios de Saneamiento

Publicado el 27/06/17

El Gobierno aprobó el reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento a través del cual se busca asegurar la calidad y sostenibilidad de dichos servicios, así como el acceso universal al Agua Potable.

El reglamento, aprobado a través del Decreto Supremo 019-2017- Vivienda publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, tiene por finalidad asegurar la calidad, eficiencia y sostenibilidad de la prestación de los servicios de saneamiento para el logro del acceso universal al agua potable y alcantarillado.

En ese sentido, regula la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano y rural, las funciones, las responsabilidades, los derechos y obligaciones de las entidades con competencia legal en materia de saneamiento, así como los derechos y obligaciones de los usuarios y prestadores de servicios.

También regula la organización y gestión eficiente de los prestadores de servicios de saneamiento, política de integración, la regulación económica, la promoción en la protección del ambiente, la gestión del riesgo de desastres e inclusión social.

Asimismo, la promoción de la inversión pública y privada orientada al incremento de la cobertura, el aseguramiento de la calidad y la prestación eficiente y sostenible de los servicios.

El reglamento es de obligatorio cumplimiento por las entidades con competencias reconocidas por el ordenamiento legal en materia de saneamiento, los prestadores de servicios, las instituciones, empresas y los usuarios de los mismos.

Las autoridades, bajo responsabilidad, están obligadas a cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo 1280, que aprueba la Ley Marco de Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.

Funciones

El reglamento establece las funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), en su condición de ente rector del sector saneamiento, a través de sus órganos de línea, órganos desconcentrados o los que correspondan.

De igual modo, se indican las funciones de los ministerios con competencias relacionadas con el sector saneamiento, los mismos que desarrollan sus funciones en coordinación con el MVCS.

Asimismo, se señalan las funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass), los gobiernos regionales y locales en materia de saneamiento.

Prestadores de servicios de saneamiento

El reglamento establece qué son prestadores de servicios de saneamiento:
Empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal.
Empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal.
Empresas prestadoras de servicios de saneamiento privadas.
Empresas prestadoras de servicios de saneamiento mixtas.
Unidades de Gestión Municipal.
Operadores Especializados.
Organizaciones Comunales.

El reglamento también establece que los niveles de calidad de los servicios de saneamiento son establecidos por la Sunass en base a:
Calidad del agua potable.
Continuidad del servicio.
Presión.
Volumen de agua potable suministrada.
Modalidad de distribución de agua potable.
Modalidad de disposición de las aguas residuales o de eliminación de excretas.
Calidad de efluente.
Calidad del servicio brindado.
Otros que apruebe la Sunass.

El reglamento se difunde en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe).

 



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