Viernes, 29 de Marzo del 2024
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MEM modifica decreto supremo sobre cuotas de hidrocarburos en Madre de Dios

Publicado el 24/11/15
  • Con disposiciones complementarias se ejecutará un trabajo más eficaz en la lucha contra las actividades de minería ilegal.

Con el objetivo de mejorar y hacer más eficaz la lucha contra las actividades de minería ilegal, mediante el registro, control y fiscalización de los insumos químicos que directa o indirectamente puedan ser utilizados para tal fin, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) modificó el Decreto Supremo 013-2015-EM sobre la cuota de hidrocarburos en la región Madre de Dios.

Así, mediante el Decreto Supremo 036-2015-EM publicado hoy en normas legales, el MEM precisa que las modificaciones evitarán que se produzcan limitaciones en el suministro de Gasolinas y/o Gasoholes desde los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles en Madre de Dios “por lo que resulta pertinente que se permita excepcionalmente a los operadores de dichos establecimientos surtir hasta un máximo de 10 galones de Gasolinas y/o Gasoholes, por día, en envases que no sean de vidrio o material frágil”, explica la norma.

El dispositivo legal señala que, de acuerdo al Informe Nº COR-904-2015-OS/OR-MDD cursado por el OSINERGMIN, en determinadas zonas urbanas del departamento de Madre de Dios, no se registran actividades mineras, por lo que resulta necesario establecer nuevas Cuotas de Hidrocarburos.

Asimismo que se denominará como “Consumidor Menor” a la persona que adquiere en el país Diesel BX, Gasolinas y/o Gasoholes para uso propio y exclusivo en sus actividades y que cuenta con capacidad de almacenamiento, la cual podrá ser en Cilindros u otros recipientes, para recibir y almacenar mayor a 10 y hasta 264 galones para el caso del Diesel BX y mayor a 10 y hasta 110 galones para el caso de Gasolinas y/ o Gasoholes.

Madre de Dios

La norma legal indica que para el abastecimiento de Hidrocarburos de las actividades de minería artesanal y pequeña minería, así como de actividades productivas relacionadas al aprovechamiento de castaña y madera, actividades de ecoturismo, agropecuarias, pesca, transporte fluvial, construcción y obras públicas como Consumidores Menores, los Titulares de dichas actividades deberán inscribirse en el Registro de Hidrocarburos a cargo del OSINERGMIN.

El dato

Conoce las nuevas cuotas de hidrocarburos dadas para la región de Madre de Dios en los siguientes links:

 



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