Miercoles, 9 de Octubre del 2024
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MEM busca acercamiento con el titular de la concesión dentro de la ley

Publicado el 23/08/11

Uno de los objetivos de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal es atraer a todos aquellos mineros artesanales que están trabajando en propiedades de terceros, para que entren a la formalidad mediante la firma de un contrato de explotación con el titular de la concesión.

Así lo señaló el economista Walter Sánchez, subdirector de Promoción Minera de la Dirección General de Minería (DGM) del Ministerio de Energía y Minas (MEM), quien sostuvo que es alto el porcentaje de mineros artesanales ilegales que no conversan con el titular de la concesión que han invadido por necesidad.

“Para facilitar la solución de este problema, se ha puesto en la web del Ministerio de Energía y Minas el procedimiento que les permite obtener la calificación correspondiente, solo después de haber firmado el contrato de explotación”, puntualizó.

Agregó que dar este paso es muy importante porque únicamente si se cuenta con la constancia de productor minero artesanal o pequeño productor minero, van a realizar el pago de un monto menor por derecho de vigencia, así como el pago de un monto menor por penalidades y también podrán efectuar un menor monto de inversión por producción mínima.

“Para ser calificado como productor minero artesanal, el interesado solo puede poseer por cualquier título, hasta 1,000 hectáreas, entre denuncios, petitorios y concesiones mineras; o haber suscrito acuerdos o contratos con los titulares mineros según el reglamento de la ley”, acotó.

Asimismo, debe poseer una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de 25 toneladas métricas por día.

“Gracias a la cooperación Perú-Canadá y a su Oficina de Informática, el Ministerio de Energía y Minas pone a disposición de los titulares mineros un procedimiento más en internet, remarcando que desde hace un buen tiempo lo viene haciendo, sobre todo con los más emblemáticos y urgentes”, señaló Sánchez.

Explicó que el primero fue la Declaración Anual Consolidada, que es un documento anual para que puedan los titulares mineros informar al Ministerio acerca de la producción del año anterior. Asimismo, están la Declaración Mensual y el Certificado de Operación Minera. Otro procedimiento importante es el de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros para las autorizaciones ambientales parte de exploración.

“Ahora se ha puesto en la web, el procedimiento para obtener la calificación de pequeño productor minero (PPM) y productor minero artesanal (PMA), como producto de la ley de la pequeña minería y minería artesanal, o ley de formalización. El formulario electrónico es bastante sencillo y transparente”, subrayó Sánchez, durante un taller de capacitación dirigido a mineros artesanales informales y pequeños productores mineros en el auditorio del MEM.

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