Lima, 15 de Diciembre del 2022.- El Gobierno publicó el Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia a nivel nacional para frenar los actos de violencia y recuperar el orden interno y la continuidad de las actividades económicas.
La medida tendrá vigencia durante 30 dÃas calendario. ¿En qué consiste esta medida, por qué se declara y qué derechos individuales quedan suspendidos mientras esté en vigencia?
El estado de emergencia es un régimen de excepción amparado en el artÃculo 137 de la Constitución en el que los ciudadanos ven limitados ciertos derechos constitucionales, según explica el Instituto de Democracia y Derechos Humanos (Idehpucp) de la Universidad Católica.
Durante los 30 dÃas de vigencia, quedan suspendidos los derechos relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artÃculo 2 de la Constitución PolÃtica del Perú.
¿Por qué se declaró el estado de emergencia?
El estado de emergencia ocurre en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afectan la vida de la Nación.
En este caso, el ministro de Defensa, Alberto Otárola, explicó que la medida obedece a la toma de carreteras y caminos asà como los hechos vandálicos y violentos que se están cometiendo contra distintas instituciones públicas y privadas.
Otárola indicó que, con esta medida, se busca que la ciudadanÃa tenga la tranquilidad y la certeza de que el Gobierno controlará primero el orden interno y luego asegurará el libre tránsito y la paz para los peruanos.
¿Cuánto debe durar?
El plazo del estado de emergencia no debe superar los 60 dÃas. Sin embargo, el Gobierno ha declarado que sea por 30 dÃas. Tiene vigencia a partir de la emisión del decreto que publica el Gobierno en el diario El Peruano.
¿Quién asume el control del orden interno?
La PolicÃa Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, indica el Decreto Supremo publicado en la edición extraordinaria de las Normas Legales.
La norma añade que la intervención de la PolicÃa y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la PolicÃa Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.
De acuerdo por lo señalado por el ministro de Defensa, la PolicÃa Nacional y las Fuerzas Armadas asegurarán el control del orden en todo el territorio nacional y velarán por el control de los bienes personales y de la infraestructura estratégica y de la seguridad.