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Universidades denegadas tendrán hasta 5 años para cesar sus actividades
02/06/2020 Nacional

Las universidades y escuelas de posgrado con licencia denegada que tenían 2 años para el cese definitivo de actividades, ahora tendrán hasta 3 años adicionales para cumplir con esa obligación, según establece la norma publicada hoy por la Sunedu en el diario oficial El Peruano.

La Resolución del Consejo Directivo N° 044-2020-SUNEDU/CD precisa que las casas de estudios superiores con licencia denegada que deciden acogerse a esta ampliación excepcional del plazo de cese de actividades, deben informarlo a la Sunedu 6 meses antes del vencimiento del plazo original establecido por la anterior norma.

La norma señala que, en caso el plazo de cese de actividades de la universidad o escuela de posgrado sea menor o igual a 6 meses, contado desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, debe informar a la Sunedu, en un plazo máximo de 40 días hábiles contados desde la publicación antes indicada.

En caso decida acogerse a la ampliación del plazo adicional excepcional hasta por 3 años establecido en la presente Resolución, deberá informar conforme a lo señalado en la presente norma.

En todos los supuestos, la modificación y/o ampliación excepcional del plazo de cese de actividades se comunica a través del Formato 1 “Declaración jurada del plazo de cierre”, aprobado por la Resolución N° 139-2018-SUNEDU/CD.

La norma dispone que las universidades y escuelas de posgrado en proceso de cese susceptibles de acogerse a la ampliación excepcional del plazo de cese de actividades deben presentar a la Sunedu, de forma conjunta a la declaración de ampliación excepcional del plazo de cese de actividades, un Plan de Operaciones debidamente sustentado.

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