Jueves, 28 de Marzo del 2024
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Renta Joven: Gobierno destina S/. 40 millones para financiar Bonos

Publicado el 13/12/19

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) autorizó la transferencia de 40 millones de soles a favor del Fondo Mivivienda para la ejecución del programa Bono de Arrendamiento para Vivienda, también conocido como Renta Joven.

El bono Renta Joven es un subsidio que se otorgará con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de 5 años, a efectos de brindar ayuda económica para arrendar una vivienda a personas entre 18 y 40 años, que tengan como ingreso mensual máximo hasta 3,538 soles.

Los grupos beneficiarios deben estar conformados como mínimo por dos personas, pudiendo ser padres e hijos, hermanos, esposos, convivientes sin impedimento matrimonial o amigos; además de no ser propietario, ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda.

El valor mínimo de la renta mensual es 750 soles y el máximo 1,560 soles, siendo el Bono de Arrendamiento de Vivienda de 500 soles. El 70% del bono es destinado a la renta mensual (350 soles) y el 30% restante irá al ahorro (150 soles).

Mediante Resolución Ministerial Nº 402-2019-Vivienda, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso esa transferencia, con cargo a los recursos ordinarios del presupuesto aprobado en el presente año fiscal del MVCS.

Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el presente dispositivo legal, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la transferencia financiera.

El Fondo Mivivienda informa al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere la presente resolución ministerial, conforme a lo dispuesto en el Convenio Nº 236-2019-Vivienda.

 



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