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Peruanos que regresan del exterior no pagarán impuesto por bienes y máquinas de trabajo
15/12/2016 Nacional

Lima, dic. 15. Los peruanos que regresen del extranjero estarán exonerados del pago de impuestos por el internamiento en el país de bienes de casa, un vehículo y herramientas de trabajo, de acuerdo a una ley promulgada hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma modifica los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de reinserción económica y social para el migrante retornado, que ofrece beneficios tributarios para los peruanos que retornen, independientemente de su situación migratoria.

Estos incentivos propician una adecuada reinsercióneconómica y social y que contribuyan con la generación de empleo productivo o propicien la transferencia de conocimiento y tecnología.

Los peruanos que se acojan a esta ley no pagarán, por única vez, por el internamiento de menaje de casa hasta por un monto de 50 mil dólares y un vehículo hasta por un máximo de 50 mil dólares.

Tampoco pagarán por las maquinarias, equipos, bienes de capital y demás que usen en el desempeño de su trabajo, profesión, oficio o actividad empresarial, hasta por un máximo de 350 mil dólares.

Se otorgará este beneficio “siempre que presenten un perfil de proyecto destinado a un área productiva vinculada directamente al desarrollo de su trabajo, profesión, oficio o empresa que pretendan desarrollar en el país, o se trate de científicos o investigadores debidamente acreditados”.

Los peruanos que quieran acogerse, deben expresarlo por escrito a la autoridad competente en el exterior o en el interior del país y tendrán este beneficio en un plazo de 90 días hábilesantes o después de su fecha de ingreso al país.

Podrán acogerse a la norma los peruanos que hayan residido en el exterior sin interrupciones por un tiempo no menor de tres años y los que hayan permanecido en el exterior por dos años y son forzados a retornar por el Estado receptor debido a su condición migratoria.

La solicitud para acogerse a esta ley, que ha restablecidos estos beneficios por un plazo de tres años, debe ser resuelta en un plazo no mayor de 30 días hábiles.

La norma, dada por el Congreso de la República, lleva la firma de la presidenta del Congreso, Luz Salgado, y de la primera vicepresidenta, Rosa Bartra.

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