Menu
Categories

Consorcio Panamericana apela decisión de anular Corredor Complementario Panamericana
17/11/2015 Construccion

El Consorcio Empresarial Panamericana informó que ha interpuesto un Recurso de Apelación contra la decisión del Comité Especial de la Licitación Pública N°001-2012-MML/IMPL de Protransporte, que determinó dejar sin efecto la adjudicación de los Paquetes 1.3, 1.4, 1.9 y 1.10 del Corredor Complementario N°1 Panamericana Norte – Panamericana Sur.

“Este recurso, que fue presentado el pasado 12 de octubre, deberá ser resuelto por el Directorio de Protransporte, como máxima instancia jerárquica competente de dicha entidad”, explicó la empresa.

El consorcio recordó que el 4 de abril del 2014 se adjudicó al Consorcio Empresarial Panamericana, los paquetes 1.3, 1.4, 1.9 y 1.10 del Corredor Complementario Nº1 Panamericana Norte – Sur.

Luego, con fecha 28 de setiembre del 2015, los representantes del Consorcio y del Comité Especial de la Licitación se reunieron para llevar a cabo el Acto de Cierre y Firma del Contrato de Concesión.

Sin embargo, el comité decidió no aceptar la documentación presentada por el consorcio, aduciendo que las cartas fianza de garantía de fiel cumplimiento y garantía de chatarreo no cumplían con lo previsto en las Bases Integradas, y que además no se había cumplido con presentar el Anexo 2 del Contrato referido al listado de los Bienes de la Concesión (la flota de vehículos propuesta).

Al respecto, Javier Tovar, abogado del Estudio Echecopar, señaló que la decisión del comité es un “acto incompatible” a todas luces con los principios que deben guiar a todas las autoridades administrativas y que se encuentran expresamente reconocidos por la Ley del Procedimiento Administrativo General y por el propio Tribunal Constitucional.

Por su parte, Enrique Ghersi consideró que la decisión del comité constituye una conducta incompatible con el principio de razonabilidad que regula la actuación de las Entidades Públicas, y constituye una afectación a los derechos de propiedad y libertad de empresa”.

“Hemos acompañado nuestro recurso de apelación con dos informes legales del Estudio Echecopar y el Estudio Ghersi, de tal forma de solventar y absolver cualquier duda al respecto. Nosotros confiamos en que el Directorio de Protransporte resolverá adecuadamente, haciendo prevalecer la ley”, dijo Fabricio Orozco, representante legal del Consorcio Panamericana.

Respecto a la observación de no haber presentado el listado de los Bienes de la Concesión, indicó que éste ya había sido presentado por el consorcio como parte de la Propuesta Técnica con la que ganó la licitación.

“Durante el frustrado acto de cierre, los integrantes del Comité Especial indicaron que en efecto tenían dicho Anexo y podían obtenerlo del Expediente de la Licitación”, añadió.

Orozco explicó que el Consorcio Empresarial tiene por accionista mayoritario al Grupo Samcorp, que hoy opera el Corredor Javier Prado con una inversión de más de US$ 35 millones, y para el Corredor Panamericana estimaba realizar una inversión de US$ 120 millones.

“Lo único que queremos, una vez más, es que se respeten nuestros derechos como inversionista y así lo defenderemos ante todas las instancias que sea necesario”, puntualizó Orozco.

Sobre las cartas fianza, el consorcio sostiene que la presentación de las cartas fianza emitidas por una compañía aseguradora sigue la decisión adoptada antes por el Directorio de Protransporte para otros corredores y siguen las mismas características y condiciones que establecen las bases y el contrato.

Tales cartas tienen la consideración adicional de que la aseguradora emisora cuenta inclusive con mayores y mejores calificaciones del mercado, superiores a las de muchos bancos, por lo que no se coloca en condición desventajosa al concedente.

Leave a Reply
  

CONFLICTO RUSIA - UCRANIA

CORONAVIRUS COVID-19 - DATOS CIENTIFICOS Y CONSEJOS

*